
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que para el cálculo del Monto Máximo de Pensión se deberá realizar sobre la base de 10 Salarios Mínimos de acuerdo a la Ley del IMSS de 1973.
Antecedentes:
- Un ciudadano presentó una demanda ante un Tribunal solicitando al IMSS que se le reconociera como medida de cálculo para Topar su Pensión en 25 Salarios Mínimos vigentes.
- Dos Tribunales Colegiados dieron opiniones diferentes sobre el tema aludido.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el caso.
- El día 24 de Enero del 2020 se publicó en el Semanario Judicial de la Federación, con número de registro 29256 la Jurisprudencia sobre la contradicción de Tesis 327/2019
En la citada jurisprudencia la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a raíz de la divergencia de criterios entre las distintas Salas de Justicia del País para el mismo tema, decidió atraer el caso y resolvió:
- El monto máximo de Pensión será tomado bajo la Ley de 1973 y en él se establece como tope el equivalente a 10 Salarios Mínimos Vigentes en el Distrito Federal al momento de realizar el trámite.
- La base de 25 Salarios Mínimos que estaba reclamando el quejoso sólo aplica para personas que empezaron a cotizar bajo la Ley de 1997 o Afore dado que dicha cantidad no estaba contemplada en la Ley de 1973.
- Siendo una jurisprudencia, todas las salas que reciban demandas solicitando al IMSS que se les calcule su pensión máxima sobre los 25 Salarios Mínimos deberán resolver bajo la presente jurisprudencia, quedando el Salario Tope en 10 Salarios Mínimos.
La información completa respecto de la jurisprudencia la podrás leer en el siguiente vínculo.
http://www.jubila-t.mx/archives/Contradiccion_de_Tesis.pdf
En resumen, y con base en lo anterior, mientras el IMSS no decida aplicar esta jurisprudencia para calcular las nuevas pensiones y/o actualizar las ya existentes, esta resolución no te afectará.
Así mismo, para personas que están en el proceso de realizar el trámite de su pensión, sería oportuno señalar que mientras NO presentes una demanda en contra del IMSS, no tendrías riesgo de que te apliquen la Jurisprudencia.
0 comentarios